El nuevo derecho mexicano I

El 5 de febrero de 2024 nuestro Tlatoani presentó un bloque de 20 reformas constitucionales, el último jalón de su gobierno y también, en palabras de su autor, “un momento estelar” de la historia mexicana. Entre esas reformas destacó el anexo 15, que incluía la reforma en materia del Poder Judicial, con la finalidad de que los jueces fueran elegidos por el voto directo. La cual abordaremos en su desarrollo futuro. 

Sin embargo, en esta primera entrega quiero hacer énfasis en dos hechos que considero introductorios y dan cuenta de los efectos mariposa más reciente de la vida jurídica del país. 

La primera es el hecho de que AMLO no ganara las elecciones de 2006; una victoria habría dado, tal vez, una versión más moderada a un ejecutivo que no habría tenido el apoyo de todo el país, lo cual obtuvo, cortesía de 12 años de peregrinaje por todo el territorio nacional y su inevitable victoria en las elecciones de 2018.

Este evento sería el catalizador de golpes en cadena que sembrarían en el Tlatoani los puntos finos de su visión política, hasta el fin de su mandato, dejando en su legado un verdadero cambio de régimen, tal como lo dijo en el inicio de su mandato.

El segundo efecto mariposa es la discusión sobre la Contradicción de Tesis 293/2011, en cuyo voto particular el entonces ministro José Ramón Cossío Díaz, disintió respecto al papel de la SCJN respecto a las decisiones de la Corte IDH, y refirió que, tratándose de una decisión jurídica de corte político, lo mejor era que el tribunal mexicano se distanciara de la “regla hermenéutica de carácter general para decidir siempre en favor de la norma constitucional frente a la convencional”, y aceptara lisa y llanamente lo que el tribunal interamericano decidiera en materia de Derechos Humanos, pues los acuerdos internacionales así burilaron esa ruta de decisión. 

Este evento habría sido un punto determinante en la discusión de la reforma, porque traería mayor claridad a las decisiones de la SCJN, que, en su afán de conservar poder, terminaron sepultando una vía que, en estos días, tal vez y solo tal vez, pudo ser determinante al momento de la decisión, por lo menos, sabiendo que la seguridad jurídica que tanto se apela, estaría resguarda en esa materia, al menos. 

Ambas experiencias son una muestra de cómo los esfuerzos por retener algo, a la larga, puede generar un efecto contrario, lo que en el Poder Judicial desembocó en el desmembramiento de su estructura como la conocíamos.

Estos dos eventos, son, para el suscrito, los eventos más remotos, directos y significativos de las consecuencias que vimos el día de ayer, 10 de septiembre de 2024, con el aval del Senado del anexo 15 y que una vez decidido y con poca probabilidad de obstáculo, resulta necesario dar un repaso, predicción y proyección de lo que será el nuevo derecho mexicano.